Si una vez instaurado el juicio no se rinde la prueba biológica molecular del ácido desoxirribonucleico por el presunto padre, que es el único medio de convicción susceptible de destruir la presunción generada por la incomparecencia o negativa del demandado a la toma de muestras para su desahogo, esa presunción alcanza plenitud de verdad o de prueba plena, en razón de que la prueba biológica es la única susceptible de destruir la presunción de paternidad o maternidad derivada de la incomparecencia a la toma de muestras en el acto prejudicial.
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