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¿Los hijos mayores de edad pueden seguir gozando de pensión alimenticia?

La obligación que tienen los padres de otorgar alimentos a sus hijos mayores de edad que estudian tiene como causa eficiente una necesidad que no puede ser satisfecha totalmente por su beneficiario porque se encuentra realizando estudios que, en el transcurso del tiempo, le van a proporcionar la independencia económica necesaria para ulteriormente no requerir de los mismos, por lo que en atención a ello el hijo mayor de edad deberá encontrarse cursando un grado escolar acorde a su edad y circunstancias en particular a fin de seguir gozando de la pensión alimenticia, sin embargo el hijo mayor de edad que pueda disponer libremente tanto de su persona como de sus bienes, al alcanzar la mayoría de edad y no demuestre interés alguno en alcanzar su independencia económica a través de la responsable y diligente continuación de sus estudios se le cesará dicho derecho.


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